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GAO impugnación de las adjudicaciones
La Oficina de Contabilidad General (GAO) ha proporcionado un foro objetivo para la resolución de controversias relativas a la adjudicación de contratos federales. La presentación de una impugnación de las adjudicaciones a la GAO por lo general se puede resolver más rápidamente que por el litigio judicial y de manera más objetiva que por presentar una queja con la agencia.
La oferta de Protect GAO comienza con la presentación de una protesta por escrito. A menos que la protesta es despedido debido a que es procesalmente, o estén defectuosos (por ejemplo, la protesta es extemporánea o la protesta no indicar con claridad razones legales suficientes de protesta), la agencia contratante está obligado a presentar ante la GAO un informe de la agencia responde a la protesta y para proporcionar una copia de ese informe a la manifestante. El manifestante tiene entonces la oportunidad de presentar observaciones por escrito sobre el informe. Otros partidos pueden ser autorizados a intervenir, lo que significa que también recibirá una copia del informe y se le permitirá presentar observaciones por escrito sobre el informe.
Durante el transcurso de una protesta de la GAO, en su caso, la GAO puede programar el estado u otros tipos de conferencias informales para resolver las cuestiones de procedimiento y para obtener material de información a la disposición de la protesta. La GAO también puede encontrar que es necesaria una audiencia para resolver las cuestiones de hecho y de derecho planteadas en la protesta. Si se decide celebrar una audiencia, la GAO por lo general llevará a cabo una conferencia previa a la audiencia para decidir los temas que serán considerados en la audiencia, para identificar a los testigos que testifiquen en la audiencia, y para resolver las cuestiones de procedimiento. Después de la audiencia, las partes podrán presentar observaciones por escrito en la audiencia.
Después de que el expediente está completo, la GAO tendrá en cuenta los hechos y las cuestiones jurídicas planteadas y emitirá una decisión, una copia de la cual será enviada a todas las partes que participan en la protesta. GAO puede sostener la protesta (es decir, encuentra que la agencia violó un estatuto o reglamento de adquisiciones y que la violación en perjuicio de la manifestante), en cuyo caso la GAO recomienda las medidas correctivas apropiadas. Por otra parte, la GAO puede negar la protesta o podrá desestimar la protesta sin revisar el asunto. GAO dará a conocer su decisión a más tardar 100 días a partir de la fecha de presentación de la protesta. La fecha exacta en que la GAO emite la decisión depende de la urgencia de la contratación, la complejidad de las cuestiones fácticas y jurídicas planteadas en la protesta, y la carga de trabajo de la GAO.
Presentación de una protesta
¿QUIÉN PUEDE PROTESTAR
Por ley, una protesta de la GAO debe ser presentada por una "parte interesada", lo que significa que un comprador real o potencial o el oferente que tenga un interés económico directo en la contratación. 4 CFR § 21.0 (a). En los desafíos de la evaluación de propuestas y la adjudicación de contratos, esto generalmente significa un oferente que potencialmente estaría en línea para la adjudicación si la protesta se mantuvieron.
Aunque muchos partidos contratar a un abogado con el fin de beneficiarse de la familiaridad del abogado con el proceso de impugnación de las adjudicaciones de la GAO y con los estatutos y reglamentos de contratación, un abogado no es necesaria para efectos de la presentación de una protesta. Sin embargo, cuando el registro incluye información de otras empresas o la agencia de selección de fuente de información sensible, sólo los abogados (y sólo si los abogados son admitidos bajo una orden de protección, como veremos más adelante) podrán ver esa información.
QUE PROTESTAR
Aunque la mayoría de las protestas cuestionar la aceptación o rechazo de una oferta o propuesta y la adjudicación o la propuesta de adjudicación de un contrato, la GAO considera que las protestas de solicitudes defectuosas (por ejemplo, las especificaciones supuestamente restrictivas, la omisión de una disposición necesaria, y los factores de evaluación ambigua o indefinida), la así como ciertas acciones de adquisición de otros (por ejemplo, la cancelación de una solicitud). La terminación de un contrato puede ser reclamado si la protesta alega que la resolución se basó en irregularidades en la adjudicación del contrato. 4 CFR § 21,1 (a). Cuando el organismo en cuestión haya acordado por escrito, la GAO considera que las protestas acerca de (1) premios de los subcontratos por o para una agencia federal, (2) las ventas de una agencia federal, y (3) acciones de adquisición por parte de entidades gubernamentales que no están comprendidas en la definición estricta de las agencias federales en el 4 CFR § 21.0 (c). 4 CFR § 21.13 (a).
Hay algunas cuestiones que no pueden ser protestó ante la GAO. Los motivos más comunes para el despido de una protesta en su totalidad o en parte, se establecen en cuatro CFR § 21.5.
PREPARACIÓN DE UNA PROTESTA
No hay forma prescrita para la presentación de una protesta, salvo que la protesta debe ser por escrito. 4 CFR § 21,1 (b). Las protestas de las compras deben ser diferentes por separado presentada. 4 CFR § 21,1 (f).
GAO no requiere escritos formales o de otras formas técnicas de las memorias. Sin embargo, como mínimo, una protesta deberá:
(1) Incluir el nombre, dirección, teléfono y facsímil (fax) las cifras de los manifestantes (o su representante, si lo hubiere);
(2) Estar firmada por el manifestante o su representante;
(3) Identificar la agencia de contratación y la solicitud y / o número de contrato;
(4) Establecer una relación detallada de los motivos de hecho y de derecho de protesta, incluyendo copias de los documentos pertinentes;
(5) Se exponen toda la información que se establece que el que protesta es una de las partes interesadas con el fin de presentar una protesta;
(6) Se exponen toda la información que se establece la puntualidad de la protesta;
(7) En particular solicitar un dictamen de la Contraloría General de los Estados Unidos, y
(8) Estado de la forma de alivio solicitado. 4 CFR § 21,1 (c).
Además, una protesta puede incluir una solicitud de una orden de protección, los documentos específicos relacionados con la protesta, y una audiencia. 4 CFR § 21,1 (d). En este sentido, los manifestantes se debe explicar la relevancia de los documentos solicitados a sus motivos de protesta y la razón es necesaria una audiencia para resolver la protesta. Identificación.
El documento de protesta debe estar claramente etiquetado si contiene información que el manifestante cree que es de propiedad exclusiva, confidencial o de otro modo no liberable al público. En esos casos, el plazo de 1 día después de la presentación de la protesta no redactado con la GAO, el manifestante debe proporcionar a la GAO y la agencia contratante una versión editada de la protesta que omite esa información. 4 CFR § 21,1 (g).
Las partes podrán solicitar que la GAO decidir una protesta mediante un programa de opción expresa o otros procedimientos alternativos flexibles, incluyendo el establecimiento de un calendario acelerado y / o expedir una decisión de resumen. 4 CFR § 21.10 (a), (e).
CUANDO PARA PROTESTAR
El reglamento establece los requisitos de puntualidad para la presentación de las protestas de la GAO. 4 CFR § 21.2. Debido a las protestas de licitación puede retrasar la adquisición de bienes y servicios necesarios, la GAO, excepto en circunstancias limitadas, requiere el uso de estos requisitos de puntualidad.
Las protestas alegando irregularidades en una solicitud debe ser presentada antes de la apertura de ofertas o de la hora fijada para la recepción de las propuestas iniciales de si las irregularidades eran evidentes antes de ese tiempo. 4 CFR § 21,2 (un) (1). Un defecto de solicitud que no era evidente antes de ese tiempo debe ser protestada, a más tardar 10 días después de que el defecto se hizo evidente. En las adquisiciones negociadas, si una irregularidad alegada no existía en la solicitud inicial, pero después se incorporó a la solicitud de una enmienda, una protesta sobre la base de que la irregularidad se debe presentar antes de la hora de cierre establecida para la próxima presentación de propuestas. Identificación.
En los demás casos, las protestas deben ser presentadas a más tardar 10 días después de que el manifestante sabía o debería haber conocido la base de la protesta (lo que ocurra primero), con la excepción de las protestas que impugna una adquisición llevado a cabo sobre la base de propuestas competitivas en las que un debriefing "solicitada y, cuando así se solicite, se requiere" (es decir, una reunión de información requerido por ley). En estos casos, con respecto a cualquier forma de protesta que se conocía o debería haber sabido antes de la sesión por ley se requiere, el manifestante no debe presentar su protesta inicial antes de la fecha informativa ofrecida a la manifestante, pero debe presentar su protesta inicial a más tardar el 10 días después de la fecha en que se llevó a cabo el interrogatorio. 4 CFR § 21,2 (un) (2).
El propósito de la excepción a las reglas de puntualidad para las compras negociadas es alentar a los proveedores a buscar, y la contratación de agencias para dar, cuanto antes los informes finales antes de que el proveedor de decidir si debe o no presentar una protesta. Por lo tanto, en las contrataciones llevadas a cabo sobre la base de propuestas competitivas en que se celebre una reunión de información requerido por ley, es decir, en una reunión de información se solicita y, cuando así se solicite, se requiere un manifestante siempre tendrá hasta 10 días después de la puesta en común para presentar su protesta inicial.
Las reglas especiales de puntualidad rigen las protestas inicialmente presentadas ante el organismo contratante. En esos casos, la protesta de la GAO debe ser presentada a más tardar 10 días después de que el manifestante se enteró de "la acción inicial de la agencia adversa." 4 CFR § 21.2 (a) (3). Decidir cuándo acción de la agencia adverso es sencillo cuando el manifestante recibe notificación oral o escrita que la agencia está negando la protesta a nivel de agencia. Los manifestantes deben tener en cuenta, sin embargo, que la GAO considera que cualquier acción que pone de manifiesto que el organismo está negando la protesta a nivel de agencia en agencia de la acción adversa. Ejemplos de acción de la agencia adverso incluyen procedimientos de la agencia con la apertura de las ofertas o la recepción de las propuestas, el rechazo de una oferta o propuesta, o la adjudicación de un contrato a pesar de la protesta a nivel de agencia. Las empresas que han presentado una protesta a nivel de agencia y está considerando presentar una protesta posterior con la GAO debe estar alerta a cualquier acción de la agencia es posible que podría ser visto como una indicación de que la agencia está negando la protesta a nivel de agencia.
A nivel de Agencia de las protestas deben ser presentadas de conformidad con las normas de la puntualidad de la GAO a 4 CFR § 21.2 (a) (1) y (a) (2), a menos que el organismo impone una vez más estrictas para la presentación, en cuyo caso el tiempo de la agencia para de presentación a controlar. Por lo tanto, incluso si una empresa presenta una protesta ante la GAO en los 10 días de acción inicial de la agencia adversa, la GAO considera que la protesta prematura si la protesta a nivel de agencia, no fue presentada oportunamente bajo las reglas de puntualidad de la GAO, o bajo las reglas de la agencia si esas normas son más estrictas . 4 CFR § 21,2 (un) (3). Por ejemplo, si una empresa espera hasta después de la apertura de las ofertas a presentar una protesta a nivel de agencia de una incorrección solicitud aparente, incluso si la protesta después de la GAO se presenta dentro de los 10 días de aprendizaje de la empresa que la agencia ha negado la protesta a nivel de agencia , la GAO no tendrá en cuenta una protesta de esa irregularidad ya la protesta a nivel de agencia de la irregularidad alegada no ha sido presentada antes de la apertura de ofertas.
GAO puede considerar una manifestación prematura cuando las circunstancias excepcionales fuera del control del manifestante causó el retraso en la presentación de la protesta, o si la protesta se presenta temas nuevos o significativos de interés para la comunidad de adquisiciones. 4 CFR § 21.2 (c). Los manifestantes deben ser conscientes, sin embargo, que la GAO se invocan estas excepciones con moderación.
DONDE ENVIAR UNA PROTESTA
Las protestas deben ser dirigidas al Consejo General, Oficina General de Contabilidad, 441 G Street, NW, Washington, DC 20548, Atención: Ley de Contratación del Grupo de Control. 4 CFR § 21,1 (b). Hora de la GAO de oficina son de 8:30 am a 5:30 pm, hora del Este, de lunes a viernes.
Las reclamaciones podrán ser presentadas por la entrega en mano, correo, transporte comercial, o por fax. 4 CFR § 21.0 (g). Las protestas presentadas por la entrega en mano o vehículo comercial debe ser entregado a la ventana situada en el vestíbulo de la calle G en el edificio principal de la GAO, en la dirección anteriormente mencionada. Los manifestantes presentan sus protestas por fax debe verificar el número de la GAO de fax antes de la transmisión. Actual protesta oficial de la GAO licitación número de fax es (202) 512 a 9749. Los usuarios de fax debe tener en cuenta el riesgo que la recepción de la GAO máquina de fax puede estar ocupado, en particular cerca del final de un día hábil. GAO hora / fecha una transmisión de fax desde el momento que la última página que se reciba, que puede afectar a la puntualidad de toda la presentación. Información adicional registrada relativa a la presentación de las protestas de la GAO puede ser obtenida llamando a la Ley de Adquisiciones de la GAO Grupo de Control al (202) 512-5282.
Una copia de la protesta, incluyendo todos los archivos adjuntos, debe ser presentada ante la persona o lugar indicado para tal fin en una solicitud, o con el oficial de contrataciones, el plazo de 1 día después de que la protesta se presenta ante la GAO. 4 CFR § 21,1 (e).
PASOS INICIALES después de una protesta SE PRESENTA
RECONOCIMIENTO DE UNA PROTESTA
Tras la recepción de una protesta, la GAO en general, envía el manifestante un aviso por escrito el acuse de recibo de la protesta. 4 CFR § 21,3 (a). En los casos apropiados, la GAO puede emitir un paquete de orden de protección, un programa de la audición y / o una notificación de estado de la conferencia de forma simultánea con el aviso de acuse de recibo. El único caso en que un aviso de reconocimiento no se envía es que la protesta sea despedido sumariamente, en cuyo caso un aviso de despido se entregará.
El aviso de reconocimiento incluye información importante. En primer lugar, proporciona el número de expediente por el cual la GAO identifica la protesta. Ese número se compone de una letra seguida de seis dígitos (por ejemplo, B-123456). En segundo lugar, en el que figure la fecha en que la respuesta de la agencia contratante para la protesta, el informe de la agencia, se debe. El aviso advierte que la GAO se asumirá que la manifestante recibe el informe en esa fecha y puede desestimar la protesta si sus comentarios por escrito al reclamante, en respuesta al informe no se reciben por la GAO en los 10 días siguientes a esa fecha. En tercer lugar, en el que figure la fecha en que se tomará una decisión por escrito emitida por la GAO.
Por último, el aviso de reconocimiento identifica el abogado de la GAO, o la persona de contacto de la GAO el manejo de la protesta y el número de teléfono de esa persona. Esa persona es el empleado de la GAO que por lo general se debe contactar con cualquier pregunta de procedimiento acerca de la protesta. Las consultas sobre el estado de la causa puede ser dirigida a la línea de la GAO estado de impugnación de las adjudicaciones al (202) 512-5436. Este número de teléfono y el número de fax oficial de referencia anteriormente también aparecen en el anuncio.
CONFIRMACIÓN DE LOS REQUISITOS DE INFORME
El plazo de 1 día de recepción de la protesta, la GAO llamar por teléfono a la agencia contratante para que le asesore de que una protesta se ha presentado. 4 CFR § 21,3 (a). Esa llamada de teléfono es importante porque es la notificación oficial de que puede desencadenar una estancia legal en la adjudicación o de ejecución de un contrato de espera de la decisión de la GAO. La llamada también activa el requisito de informe de la agencia. Por esta razón, los manifestantes deben presentar sus protestas con suficiente antelación a la expiración del plazo legal después de la adjudicación o después de una reunión de información requerido por ley para dar tiempo a la GAO para notificar a la agencia que la protesta ha sido presentada para efectos de la activación de la estancia legal. GAO da seguimiento a la notificación por teléfono con una confirmación por escrito de requerimiento informe, que incluye esencialmente la misma información proporcionada a la manifestante en el aviso de reconocimiento.
Interventores
Inmediatamente después de recibir el aviso de la protesta de la GAO, el organismo contratante deberá dar aviso de la protesta a la contratista si un laudo o, si no el laudo, la agencia debe notificar a todos los postores u oferentes que tengan una posibilidad razonable de recibir un premio. GAO puede permitir a otras empresas a participar en la protesta como "interventores". 4 CFR § 21.0 (b). Si el premio se ha hecho, la GAO sólo permite que el adjudicatario de intervenir. Si el premio no se ha hecho, las empresas que deseen intervenir para que aconsejar a la GAO y las demás partes, a continuación, póngase en contacto con la GAO para saber si se le permita intervenir. El anuncio de la intervención puede ser una breve carta que incluye el nombre, dirección y números de teléfono y de fax del interventor o su representante, en su caso, y que asesora a la GAO y todas las demás partes de la situación del interventor del.
Resumen DESPIDO
Si una protesta es despedido sumariamente, es decir, si la GAO desestima la protesta por razones de competencia o de procedimiento, la GAO no revisará los méritos de la protesta mediante la solicitud de un informe de la agencia. 4 CFR § 21.5. Por ejemplo, si la protesta es extemporánea en su cara o si se plantea cuestiones que la GAO no tiene en cuenta (como el estatus del becario de negocios de tamaño), la GAO que sin necesidad de despedir a la agencia contratante que presente un informe. La GAO también puede desestimar sumariamente distintos motivos de protesta. Por ejemplo, si una protesta alega que una solicitud utiliza las especificaciones técnicas excesivamente restrictivas y utiliza la definición incorrecta de un pequeño negocio, la GAO se desestime el último motivo (que es la consideración de la Administración de Pequeños Negocios, no GAO), pero puede solicitar una agencia de reporte sobre el terreno restante.
Como regla general, la GAO se desestime una protesta que no se establece una relación detallada de los motivos de hecho y de derecho de protesta o que no se base legal suficiente claridad del estado de la protesta. 4 CFR § 21,5 (f), citando 4 CFR § 21,1 (c) (4) y 4 CFR § 21,1 (f), respectivamente.
Una vez que la protesta se recibe, la agencia contratante y / o interventor uno puede solicitar que la GAO descartan sumariamente la protesta o algunos de sus motivos. 4 CFR § 21,3 (b). Cuando el despido sumario puede ser apropiado, la solicitud de sobreseimiento deben hacerse tan pronto como sea posible después de la protesta ha sido presentada. Identificación. La solicitud deberá hacerse por escrito y enviada a todas las partes. A menos que sea claro que el despido es apropiado, la GAO en general, permitirá que el manifestante para presentar una respuesta escrita a la solicitud de despido. GAO inmediato se dirigirá a la solicitud de despido. Si la GAO concede la solicitud, ya sea en su totalidad o en parte, la GAO no requieren que la agencia que prepare un informe en respuesta a la protesta o como respuesta a los motivos de protesta que fueron despedidos.
ÓRDENES DE PROTECCIÓN
Si el registro en una protesta contiene información "protegida", es decir, los datos privados o confidenciales de la compañía o la agencia de selección de fuente de información sensible, que la información no se puede hacer público. Con el fin de permitir el acceso limitado a la información protegida correspondiente a una protesta, la GAO puede emitir una orden protectora. 4 CFR § 21.4. La orden de protección controla estrictamente que tenga acceso a material protegido y cómo ese material está etiquetado, difundidos, almacenados, y eliminados al término de la protesta. Un paquete de orden de protección, que incluye la orden de protección y la aplicación (s) para el acceso a una materia en una orden de protección, por lo general se publicará poco después de una protesta que se presentó, pero en su caso, podrá ser expedido de forma simultánea con el aviso de acuse de recibo.
Sólo las personas que se aplican a la GAO, y cuyas solicitudes sean aprobadas por la GAO, se permite el acceso a la información protegida. Esas personas deben ser abogados o consultores contratados por los abogados, los abogados pueden ser asesores externos o al asesor jurídico de la casa. Los solicitantes deben demostrar que no están involucrados en la toma de decisiones competitiva para cualquier empresa que pudiera ganar una ventaja competitiva frente al acceso a la información protegida y que no habrá ningún riesgo significativo de que la divulgación involuntaria de dicha información. 4 CFR § 21,4 (c). La GAO ha emitido una serie de decisiones que se refieren a asuntos relacionados con la admisión de los solicitantes menores de una orden de protección. Las personas que permite el acceso a la información protegida no están autorizados a divulgar esa información a otras personas. Esto significa, por ejemplo, que el abogado de uno de los manifestantes está permitido el acceso a la información protegida en virtud de una orden de protección tiene prohibido revelar dicha información para el cliente. GAO puede imponer sanciones a cualquier individuo que viole los términos de una orden de protección. 4 CFR § 21,4 (d).
Debido a que la información publicada bajo una orden de protección no es la GAO, sino más bien la agencia contratante o una de las partes privadas, la GAO se basa en estos partidos para revisar cuidadosamente las solicitudes de acceso a la materia en una orden de protección (y llamar la atención de la GAO cualquier posible violación de una orden de protección). Si no hay partes se opone a la aplicación de un individuo, la GAO en general, a admitir a la demandante en virtud de la orden de protección. Es importante que cualquier objeción a la aplicación de un individuo, sin demora planteado. Al final del segundo día después de recibir la solicitud, la parte que se opone deberá informar a la GAO y las demás partes que hay una objeción a la admisión del solicitante. 4 CFR § 21,4 (c). El abogado general de la GAO permitirá la parte que se opone a presentar la objeción específica, por escrito, al día siguiente. GAO puntualmente frente a las objeciones. Incluso después de que el plazo para presentar una objeción ha pasado, la GAO puede suspender su fallo en una aplicación (o puede revocar una admisión) si la información sale a la luz que indica que el solicitante no cumple con los criterios de admisión.
Algunas aplicaciones de muestra y la muestra orden de protección para el acceso a una materia en una orden de protección para los abogados externos, el abogado de la casa, y los consultores contratados por el abogado se reproducen en los anexos de este folleto. Estos documentos de la muestra, que se proporcionan en este folleto sólo para fines informativos, han sido revisadas recientemente. Más concretamente, en virtud del párrafo 1 de la orden de protección, una orden de protección emitida por una protesta inicial es ahora automáticamente prorrogado por los términos de la orden de cubrir todos los procesos asociados con la protesta inicial, incluyendo protestas suplementarios / modificado, las solicitudes de reconsideración, y las reclamaciones de gastos. En virtud del párrafo 7 de la orden de protección, la GAO autoriza expresamente a una de las partes admitidas bajo una orden de protección para conservar una sola copia de una decisión protegida o carta expedida por la GAO, sujeto indefinidamente a los términos de la orden (con excepción de los términos relativos a la devolución o destrucción de material protegido). Por último, en el párrafo 7 de la solicitud de acceso a una materia en una orden de protección tanto para el asesor legal externo y el abogado de la casa, la GAO exige a los solicitantes a divulgar los casos en los últimos 5 años (en lugar de a perpetuidad), cuando se les ha negado admisión de la admisión a una orden de protección, o había revocado, o se encuentren en violación de una orden de protección emitida por la GAO, o por un tribunal administrativo o judicial. (No hay revisiones sustanciales respecto a la solicitud de acceso a una materia en una orden de protección para el consultor.) Los documentos de la muestra reflejan también algunas modificaciones de idiomas y están sujetas a cambios ulteriores.
Cualquier violación de los términos de una orden de protección puede resultar en la imposición de sanciones tales como la GAO estime apropiadas, incluyendo pero no limitado a la remisión de la violación de los colegios de abogados u otros órganos apropiados de disciplina, y la restricción de la práctica de la persona antes de la GAO. 4 CFR § 21,4 (d).
Informe de la Agencia
Dentro de los 30 días después de que una agencia recibe aviso telefónico de una protesta por parte de la GAO, la agencia está obligada a proporcionar la GAO, los manifestantes, y los interventores, un informe completo por escrito en respuesta a la protesta, incluyendo todos los documentos pertinentes, o partes de documentos, y un explicar la posición de la agencia. 4 CFR § 21.3 (c). El informe en general, incluye una declaración de los hechos pertinentes (y una mejor estimación del valor del contrato) firmado por el oficial de contrataciones, un memorando de ley explicando la posición de la agencia en términos de la ley de adquisiciones, y una lista y una copia de todos los documentos pertinentes , o partes de documentos, hasta ahora no amueblado. 4 CFR § 21,3 (d).
GAO que las agencias puedan liberar voluntariamente a las partes los documentos que sean pertinentes para la protesta antes de la presentación del informe de la agencia. Documentos proporcionados a las partes antes de la presentación del informe de la agencia o los documentos que se hayan puesto a disposición de las partes, por ejemplo, permitiendo a las partes para examinar los documentos en el sitio de la agencia antes de la presentación del informe, no tiene que ser producido en la copia del informe presentado a las partes. 4 CFR § 21.3 (c).
Además, por lo que la GAO puede resolver cualquier documento cuestiona antes de la presentación del informe de la agencia, la GAO requiere que al menos 5 días antes de la presentación del informe, en los casos en que el manifestante ha solicitado en su protesta o poco después específica documentos de material a la disposición de la protesta, que la agencia de preparar una lista de estos documentos, o partes de documentos, que había publicado previamente o tiene la intención de producir en su informe, y de los documentos de que tenga intención de retener y las razones de la retención propuesta. Identificación. La lista debe ser proporcionada a todas las partes y de la GAO. Las objeciones al alcance de la propuesta de divulgación de la agencia o la no divulgación de los documentos debe ser presentada ante la GAO y todas las demás partes un plazo de 2 días de haber recibido la lista. Identificación.
La agencia puede omitir los documentos, o partes de documentos, a partir de la copia del informe presentado a las partes si la información omitida esté protegida y una parte que recibe el informe no está representado por un abogado admitido en virtud de una orden de protección. 4 CFR § 21,3 (e). Cuando el manifestante está llevando a cabo sin abogado admitió en una orden de protección y los documentos retenidos son, es importante que la agencia proporcione la manifestante con la información suficiente para informar claramente a la manifestante de la posición de la agencia, por lo que el manifestante puede comentar de manera inteligente en el informe.
En ocasiones, la agencia puede estar al tanto de la existencia de los documentos pertinentes que sólo el manifestante posee. En los casos apropiados, la agencia puede solicitar que el manifestante que presente dichos documentos. 4 CFR § 21,3 (d). Si la GAO está de acuerdo que los documentos son pertinentes, podrá solicitar al manifestante para proporcionar una copia de los documentos de la GAO y las demás partes, con sujeción a los términos de cualquier orden de protección.
PIDE documentos adicionales
Si un manifestante se entera de la existencia o la relevancia de los documentos adicionales que cree que la GAO debe tener en cuenta en la decisión de la protesta, podrá solicitar la producción de dichos documentos mediante la presentación de una solicitud de documento suplementario. 4 CFR § 21,3 (g). Normalmente, esto se produce cuando el manifestante, en la lectura del informe de la agencia, considera que las referencias a los documentos que la agencia se basa en apoyo de su posición, pero no se ha producido. Un manifestante solicita la presentación de documentos adicionales debe presentar una solicitud por escrito de dichos documentos a la GAO y las otras partes un plazo de 2 días después de la existencia o la relevancia de los documentos se conoce o debería haber sido conocida, lo que ocurra primero. Identificación. La agencia debe responder a la solicitud a más tardar 2 días después de recibir la solicitud de cualquiera de elaboración de los documentos, o partes de documentos, o explicar por qué los documentos no se están produciendo. Identificación.
COMENTARIOS SOBRE EL INFORME DE LA AGENCIA
El manifestante y los intervinientes podrán presentar comentarios escritos sobre el informe de la agencia. 4 CFR § 21,3 (i). Comentarios en general, son debidos a la GAO en los 10 días siguientes a la recepción del informe. Identificación. A menos que sea aconsejado por el manifestante, la GAO se supone que el manifestante recibió el informe a más tardar en la fecha de vencimiento especificada en el aviso de reconocimiento proporcionada por la GAO. Identificación. Una copia de los comentarios debe entregar a cada una de las otras partes, a más tardar el día después de los comentarios que se reciben en la GAO.
Si la entidad contratante produce documentos retenidos en la dirección de la GAO después de que el informe ha sido presentado, las observaciones se deberá dentro del plazo original de 10 días de período de presentación de comentarios, a menos que la GAO se extiende este período. 4 CFR § 21,3 (h).
El fracaso de la manifestante a los comentarios de archivos, para solicitar por escrito que el asunto sea resuelto en el registro existente por escrito, o para solicitar una prórroga del plazo dentro del período de 10 días dará lugar a la desestimación de la protesta. 4 CFR § 21,3 (i).
Comunicaciones ex parte
Las Partes no deberían tratar de participar en las comunicaciones ex parte con el abogado de la GAO asignado a la protesta, o con cualquier otro empleado de la GAO. Una comunicación ex parte se refiere a cualquier comunicación oral o escrita con un funcionario de la GAO, que excluye a una o más partes de una protesta, sobre los méritos de la protesta, o acerca de los problemas significativos que puedan afectar el resultado de la protesta. Aunque puede que sea necesario durante el procedimiento para aclarar un hecho en el registro o para explicar con mayor detalle la posición de un partido en el caso, la GAO no aceptará, y nadie podrá someter a la GAO, off the record, cualquier prueba, explicación, análisis, o asesoramiento, ya sea escrita u oral, respecto a cualquier cuestión de fondo que afecta a la disposición de la protesta. Cuando sea necesario, para cualquier cuestión de fondo con la GAO, una conferencia telefónica debe ser solicitada. Una copia de todas las comunicaciones escritas de la GAO, redactado en su caso, debe ser proporcionada a todas las partes en la protesta.
AUDIENCIAS
A petición de parte o por iniciativa propia, la GAO puede llevar a cabo una audiencia en persona o por teléfono en el que concluye que la protesta de otro modo no se puede resolver en el registro escrito solo. CFR § 4 21,7 (a), (c).
Debido a que las audiencias aumentar los costos y las cargas de las protestas, la GAO lleva a cabo audiencias sólo cuando sea necesario. Una solicitud para una audiencia debe explicar por qué es necesaria una audiencia para resolver la protesta, y señalan, por ejemplo, cuestiones fácticas y jurídicas que la GAO debe tener en cuenta para decidir la protesta. 4 CFR § 21,1 (d) (3), 21,7 (a). La GAO ha emitido una serie de decisiones que se discuten las razones para la celebración de audiencias. Mientras que las normas no establecen una fecha límite para solicitar una audiencia, dicha solicitud deberá presentarse tan pronto como sea posible en el proceso de protesta con el fin de evitar retrasos innecesarios y las interrupciones. Las Partes también deben ser conscientes de que la GAO puede identificar poco después de una protesta se presenta si el caso es aquel en el que la audiencia parece probable que sea apropiado. On the other hand, the appropriateness of a hearing often is not clear until after the contracting agency has filed its report and, in many cases, is not clear until after the protester has submitted its comments on the report. GAO may decide at these later times that a hearing is necessary to resolve the protest.
In cases where GAO decides to hold a hearing, it will generally conduct a pre-hearing conference with all parties. 4 CFR § 21.7(b). The purpose of that conference is to review the scope of the hearing, to identify the appropriate witnesses and their availability, to establish the date and location of the hearing, and to discuss other logistical matters. In cases where GAO determines that only some of the protest issues require a hearing, it will generally limit the hearing to those issues. The GAO attorney handling the protest will conduct both the pre-hearing conference and the hearing. The format of hearings varies from formal (direct- and cross-examination of witnesses conducted by counsel for the parties) to informal (a discussion of the issues by counsel and others). For this reason, the pre-hearing conference is usually the best opportunity to clarify how the GAO attorney expects to conduct the hearing, as well as to raise any other questions about the hearing.
A GAO hearing is, in principle, open to the public. In practice, however, protest hearings often involve protected information. As a result, most hearings are closed except to agency personnel and those individuals admitted under the protective order. 4 CFR § 21.7(d).
At least 1 day prior to the hearing, parties must advise GAO of those individuals expected to attend the hearing so that these individuals may gain access to the GAO building where the hearing room is located.
The GAO hearing room is equipped with video cameras and microphones which automatically record the proceedings. That system produces a video transcript, a copy of which is provided to the parties at no charge at the conclusion of the hearing. In addition, parties may wish to have a court reporter attend the hearing to prepare a written transcript. A request to that effect should be presented before the day of the hearing to the GAO attorney handling the protest. Such a request will usually be granted as long as all parties have access to a written transcript.
If a hearing is held, all parties, including the agency, will be permitted to file written comments on the hearing. 4 CFR § 21.7(g). Those comments are due 5 days after the hearing ends, unless GAO sets a different date. Identificación. If GAO decides to hold a hearing before the receipt of comments on the agency report, GAO may direct the private parties not to submit separate comments on the report, but to consolidate their views on the report with their comments on the hearing. Identificación.
DECISION TIMETABLE
Once the record is complete, GAO will consider the protest and decide the case through a written decision issued by the Comptroller General. At the latest, the decision will be issued 100 days after the protest is filed, unless GAO decides the case under the 65-day express option schedule. 4 CFR § 21.9(a), (b). If a protester has filed a timely supplemental or a timely amended protest, GAO will endeavor to resolve the supplemental/amended protest within the 100-day time frame for a decision on the initial protest. 4 CFR § 21.9(c). If that is not feasible, GAO may consider using the express option schedule or other accelerated schedule for the resolution of the supplemental/amended protest. Id.; 4 CFR § 21.10(e).
EXPRESS OPTIONS
GAO may decide at the request of a party or on its own initiative that a protest can be resolved under an expedited schedule, referred to as the “express option.” 4 CFR § 21.10(a). A party requesting that GAO decide the case on this basis should submit a written request to that effect not later than 5 days after the protest is filed. 4 CFR § 21.10(c).
Under the express option schedule, the agency report is due within 20 days after the contracting agency receives notice from GAO that the express option will be used. 4 CFR § 21.10(d)(1). Comments on the report generally are due within 5 days after receipt of the report. 4 CFR § 21.10(d)(2). If a hearing is needed, GAO generally will not request separate comments on the agency report; rather, GAO will require that consolidated comments on the report and hearing be filed within 5 days after the hearing ends, unless GAO sets a different date. 4 CFR § 21.10(d)(3). Under the express option schedule, GAO's decision will be issued not later than 65 days after the protest is filed. 4 CFR§ 21.9(b), 21.10(b). GAO may decide at any time that the express option schedule is no longer appropriate, and may set a different schedule for the protest, which will not exceed the time frame (100 days) for deciding a non-express option case.
FLEXIBLE ALTERNATIVE PROCEDURES
Notwithstanding any other provision in these regulations, at the request of a party or on its own initiative, GAO may use flexible alternative procedures, including, for example, establishing an accelerated schedule and/or issuing a summary decision, to resolve any protest. 4 CFR § 21.10(e). This provision is intended to provide a flexible, accelerated protest resolution procedure at GAO which will minimize disruptions to the procurement cycle. In addition, GAO is receptive to using alternative dispute resolution-type procedures either before a protest is filed or during the pendency of a protest to resolve appropriate matters.
STATUS AND OTHER TYPES OF INFORMAL CONFERENCES
To facilitate the expeditious development and resolution of a protest, GAO will conduct status and other types of informal conferences, by telephone or in person, with all parties participating in a protest. 4 CFR § 21.10(f). Such conferences may be held at any time during the bid protest process and will be tailored to the circumstances of a particular case. For example, status and other types of informal conferences are beneficial for resolving protective order admission objections, document disputes, and summary dismissal requests; for discussing issues related to hearings; and for obtaining answers to questions which are relevant and material to the disposition of a protest.
PROTEST DISPOSITION
GAO will either dismiss, deny, or sustain a protest. GAO generally sustains protests where it determines that the contracting agency violated procurement statutes or regulations, unless it concludes that the violation did not prejudice the protester. Where a protest is sustained, GAO will recommend appropriate corrective action. In fashioning its recommendation, GAO will take into consideration the circumstances of the procurement, such as the agency's stated need for the goods or services at issue, the extent performance has been completed (in post-award protests where performance has not been stayed), and similar factors. In appropriate circumstances, GAO will recommend termination of an improper award or, where this is not feasible, that the agency not exercise any renewal options in the improperly awarded contract. 4 CFR § 21.8(a), (b).
If the protest is sustained, GAO will recommend that the protester be reimbursed for the costs of filing and pursuing the protest, including attorneys' fees and consultant and expert witness fees. Occasionally, where there is no other relief available, GAO will recommend that the protester also be reimbursed for the costs of preparing its bid or proposal. 4 CFR § 21.8(d).
Where GAO has recommended reimbursement of costs, the protester must submit a detailed claim for costs, certifying the time expended and costs incurred in pursuing the protest, directly to the contracting agency within 60 days after receipt of GAO's recommendation that the agency pay these costs. 4 CFR § 21.8(f)(1). A claim must be supported by adequate documentation. GAO expects the protester and the agency to determine the exact amount to be paid. If the protester and the agency cannot agree, GAO may, upon request of the protester, decide the matter. 4 CFR § 21.8(f)(2). Protesters should keep in mind that, except in very limited circumstances, the costs for attorneys' fees may not exceed $150 per hour. GAO never recommends that agencies pay lost profits or other common-law damages.
When GAO recommends corrective action, the Competition in Contracting Act of 1984 requires the agencies affected to report to the Comptroller General whenever they have not fully implemented the recommendation within 60 days. The Comptroller General, in turn, annually reports to the Congress each instance where recommendations were not fully implemented.
JUDICIAL PROCEEDINGS
A protester must immediately advise GAO of any court proceeding which involves the subject matter of a pending protest and must file with GAO copies of all relevant court documents. 4 CFR § 21.11(a). GAO will not consider a protest where the matter involved is the subject of litigation in court. 4 CFR § 21.11(b). For example, if a party files a protest with GAO concerning the award of a contract, and thereafter files a complaint in court also challenging the award, GAO will dismiss the protest. However, at the request of the court, GAO may review the protest and issue an advisory opinion or a decision for the court's consideration. Identificación. In such a case, the time frames for filing the agency report, filing comments on the report, conducting a hearing and filing comments, and issuing a decision may be modified to respond promptly to the court's request. Identificación.
GAO also will not review a protest where the issues involved have already been decided on the merits by a court. Identificación.
REQUESTS FOR RECONSIDERATION
Any party who participated in the protest, including the protester, any intervenor, and the contracting agency, may request that GAO reconsider its decision in the protest. 4 CFR § 21.14(a). A request for reconsideration does not result in the withholding of award or the suspension of contract performance. 4 CFR § 21.14(c).
GAO must receive the request for reconsideration within 10 days after the basis of reconsideration is known or should have been known, whichever is earlier. 4 CFR § 21.14(b). The request must identify the alleged factual and/or legal errors in the decision. 4 CFR § 21.14(a). GAO will not consider a request which merely repeats the party's views already expressed in the protest; a request which simply expresses disagreement with the decision; or a request which provides information or raises an argument that could have been, but was not, provided or raised during the protest.
Last Modified: December 5th, 2009








