Política de Denunciantes sin fines de lucro

Todas las organizaciones, incluyendo organizaciones no lucrativas , deben considerar la aplicación de las disposiciones del denunciante. Consideremos los siguientes hechos importantes de la Asociación de Examinadores Certificados de Fraude 2006 de "Informe a la Nación sobre Fraude Ocupacional y Abuso":

  • Más de $ 600 millones de dólares en pérdidas anuales se atribuye a un fraude.
  • Mecanismos de presentación de informes anónimos son la medida de lucha contra el fraude con mayor impacto en la reducción de las pérdidas: Las empresas con mecanismos de denuncia anónima reportó pérdidas mediana de $ 100.000, mientras que los que no reportaron pérdidas promedio de $ 200.000.
  • Consejos de los empleados, clientes y proveedores y cuenta denuncias anónimas el 34% de la detección de actividades fraudulentas para las organizaciones sin fines de lucro.

Una política de informantes y la aplicación efectiva tiene el potencial no sólo para reducir significativamente la actividad fraudulenta, sino también para enviar una señal a los grupos internos y externos que la organización ejerza un buen gobierno corporativo. Así como las empresas deben responder a los accionistas, las organizaciones sin fines de lucro deben responder a la opinión pública con respecto a la administración de los recursos.

Entonces, ¿qué debe una política denunciante parece?

La política de los denunciantes deben estar diseñadas para: 1) alentar a los directores, funcionarios, empleados y voluntarios de presentar información fidedigna sobre presuntas prácticas ilegales o violaciónes graves de las políticas, 2) facilitar la cooperación en cualquier investigación o investigación oficial por cualquier tribunal, agencia o aplicación de la ley u organismo gubernamental, y 3) se especifica que la organización no lucrativa que proteger a cualquier persona que tenga buena fe planteó una preocupación o reportados cualquier violación de las represalias o amenazas de represalias, y 4) identificar dónde la información relativa a presuntos violaciónes puede se informó. El propósito de esta política consiste en apoyar el objetivo de la organización del cumplimiento legal.

  1. Fomento de los informes de actividad ilegal. La organización anima es directores, funcionarios, empleados y voluntarios para aumentar las preocupaciones de buena fe, las quejas, informes o consultas acerca de las prácticas ilegales o violaciónes graves de las políticas de la organización, incluyendo la conducta ilegal o inapropiada por la propia organización, por su liderazgo, o por otros en su nombre. Si cualquier director, funcionario, empleado o voluntario razones para creer que alguna política o práctica de la organización está en violación de la ley, un informe debe ser presentado a la persona adecuada como se describe a continuación. Temas apropiados para aumentar la virtud de esta política se incluyen irregularidades financieras, asuntos contables o de auditoría, violaciónes ética, u otras prácticas similares ilegal o indebido o políticas.
  2. Protección contra represalias. La organización debe prohibir las represalias por o en nombre de la organización contra los directores, funcionarios, empleados o voluntarios para hacer una buena fe quejas, denuncias o investigaciones en virtud de esta política o para el suministro de información, participar en cualquier investigación oficial de revisión, o investigación bajo esta política. Esta protección se extiende a aquellas personas cuyas denuncias son hechas de buena fe, pero que resultan estar equivocados. La organización se reserva el derecho de las personas la disciplina que hacen de mala fe, a sabiendas falso, o vejatorio quejas, informes o consultas, o que de otra manera el abuso de esta política.

Sugerencias sobre dónde y cómo denunciar. Quejas, informes o consultas se pueden hacer bajo esta política de forma confidencial y / o anónima a la medida de lo posible. Las quejas, informes y peticiones de información deberán describir en detalle los hechos concretos que demuestren la base de las quejas, informes o consultas o creencia de que una conducta ilegal o impropia que ha ocurrido. Las quejas, informes y consultas deben ser dirigidas al Presidente o alto directivo de la Junta de Directores. Si el presidente o alto directivo está implicado en la queja, denuncia o investigación, estas personas se excusarán de las actuaciones, y el Consejo de Administración designará un funcionario competente de la organización para continuar el procedimiento. El funcionario competente llevará a cabo una revisión del sistema, discreto, y el objetivo o la investigación y presentar un informe al Consejo de Administración. El Consejo de Administración deberá determinar una respuesta adecuada a una queja, denuncia o investigación. Cualquier funcionario, director, empleado o voluntario, que puede estar implicado en la queja, informe o consulta no podrá participar en cualquier deliberación del Consejo de Administración respecto a la queja, informe o consulta, salvo para presentar la información en nombre de su propia . Directores, funcionarios, empleados y voluntarios deben reconocer que la Corporación puede ser incapaz de evaluar en su totalidad una queja vaga o general, informe o investigación que se hace de forma anónima.

Última modificación: 21 de febrero 2010