Secreto Comercial Recursos
- Ley de Espionaje Económico de 1986
- Los reglamentos federales de la Propiedad Intelectual Penal
- ¿Cómo el FBI investiga los Delitos Informáticos
- Enjuiciamiento de los delitos de propiedad intelectual Manual
- El Chilling Effects - discusión de derechos de autor y DMCA
- El robo de secretos comerciales 18 USC 1832
- Uniforme Ley de Secretos Comerciales (UTSA)
- EE.UU. Departamento de Delitos Informáticos de la Justicia y la Sección de Propiedad Intelectual
CND y acuerdos de no competencia
Acuerdos de confidencialidad o acuerdos de no divulgación (NDA) son acuerdos entre dos o más partes que identifica material confidencial o conocimiento de las partes desea compartir con otros para ciertos propósitos, pero que desean restringir el acceso y mantener la confidencialidad. Un NDA crea una relación confidencial entre las partes para proteger cualquier tipo de información confidencial y de propiedad o un secreto comercial. Por lo tanto, un acuerdo de confidencialidad protege la información no pública. Por ejemplo, acuerdos de confidencialidad puede ser utilizado para mantener el material confidencial revelada por el inventor, para proteger los datos sensibles del gobierno en los contratos del gobierno a los proveedores independientes (por ejemplo, los números primos y los subcontratistas), y para proteger la información de secreto comercial adquirida por el trabajador durante el curso y el alcance del trabajo.
Muchas grandes empresas o entidades del gobierno no va a usar un acuerdo de confidencialidad elaborado por una empresa externa. En cambio, las grandes empresas y entidades gubernamentales se insiste en usar su propia NDA. En general, el uso de la "gran empresa o el gobierno de la entidad CND está muy bien, sin embargo, la atención cuidadosa es necesaria para garantizar que las partes entiendan los términos de la CND, así como las consecuencias si no se cumplen.
Los puntos claves más importantes para proteger a la parte reveladora incluyen:
- la parte receptora se compromete a no hacer, usar o vender la información revelada sin antes firmar un acuerdo con usted para hacerlo;
- la parte receptora se compromete a no divulgar la información recibida con ninguna tercera parte sin su consentimiento previo y por escrito;
- la parte receptora se compromete a devolver los materiales de cualquier y toda información relacionada con la información divulgada a usted dentro de un período determinado de tiempo;
- la parte receptora se compromete a no competir con la parte reveladora de productos y servicios de la información divulgada por una cantidad razonable de tiempo (también conocido como un acuerdo de no competencia), y
- la parte receptora se compromete a no duplicar, copiar o reproducir de ninguna manera la información y los materiales suministrados.
Las siguientes protecciones para la parte que recibe son razonables, y, cuando las cláusulas aplicables, como la liberación de la parte receptora de algunos o incluso todos los requisitos de la CND, como se indica a continuación:
- la información en el momento de la revelación está en el dominio público;
- la información pasa a formar parte del dominio público tras la comunicación por cualquier medio que no sea una violación de este acuerdo por la parte receptora;
- la información era conocida por la parte receptora antes de la recepción de la misma, siempre y cuando el conocimiento previo como puede ser adecuadamente fundamentadas, y
- la información se da a conocer a la parte que recibe de una fuente no relacionados sin ningún tipo de restricciones en el uso y la divulgación.
NDA son una parte importante de una estrategia general de protección de propiedad intelectual. Sin embargo, con el fin de garantizar la mejor protección posible, acuerdos de confidencialidad deben ser utilizados en un enfoque estratégico para la divulgación, que incluye otras medidas y se recomienda más consultas con un abogado de propiedad intelectual especializada.
- CND y acuerdo de no competencia para el Desarrollo de Sitio Web
- Recíproco NDA y de no competencia para Contratista Independiente
- Simples NDA y no competencia
Última modificación: 05 de diciembre 2009








