Marcas que contienen el equivalente fonético de un dominio de nivel superior
Marcas que contienen el equivalente fonético de un TLD (por ejemplo, XYZ DOTCOM) se tratan de la misma manera que las marcas compuestas de un ordinario TLD. Si un descargo de responsabilidad es necesario, el descargo de responsabilidad debe estar en la forma de regular de dominio de nivel superior y no el equivalente fonético. Ver TMEP § 1213.09 (c).
Ejemplo: La marca es COM BARATO DOT para RESTAURANTES
proporcionar información acerca de restaurantes por medio de una red informática mundial.
El registro debe ser rechazada porque la marca es meramente descriptivo de la
servicios bajo Ley de Marcas § 2 (e) (1), 15 USC § 1052 (e) (1).
Ejemplo: La marca es XYZ puntocom. El solicitante debe negar la
Eu ". COM" en lugar del equivalente fonético "puntocom".
Última modificación: 23 de marzo 2010








